!-- Start Header Section -->

Concerti ®   OCA

INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

 

    El titular de la instalación debe solicitar la inspección periódica obligatoria:

    >Instalaciones contra incendios en establecimientos industriales (R.D. 2267/2004)

    Inspecciones periódicas:
    - Cada 5 años en instalaciones con riesgo intrínseco bajo.
    - Cada 3 años en instalaciones con riesgo intrínseco medio.
    - Cada 2 años en instalaciones con riesgo intrínseco alto.

     

    >Resto de instalaciones .Cada 10 años (R.D. 513/2017)

    Inspecciones periódicas:
    - Uso Administrativo con Superficie mayor o igual a 2000m2..
    - Uso Docente con Superficie mayor o igual a 2000m2.

    - Uso Comercial con Superficie mayor o igual a 500m2.

    - Uso Pública concurrencia con Superficie mayor o igual a 500m2.

    - Uso Aparcamiento con Superficie mayor o igual a 500m2.

    Uso Residencial Público y uso Hospitalario. Usos anteriores con superficies menores si contiene zonas o locales de riesgo especial alto (C.T.E.). Uso industrial no afectado por RD 2267/2004. .

     

Normativa básica de referencia:

-Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

-Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.

recuerde

Solicite presupuesto del servicio OCA. Cualquier duda sobre este servicio y sí procede o no una intervención OCA en su instalación, no dude en consultar con nosotros.

Sabemos escuchar.Compruebe que la rapidez, profesinalidad y competitividad nos avalan.

Formulario de contacto

Asunto:

Localidad de la Instalación:

Importante: En caso de solicitud de presupuesto indíquenos la localidad de la instalación.

info@entidaddecontrol.com

901233642